Medidas urgentes ante el fenómeno de El Niño: Gustavo Petro decretará estado de emergencia económica y social en La Guajira

Foto: Francesc Badia i Dalmases
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Aunque la declaratoria de emergencia económica y social es una medida que normalmente se aplica a nivel nacional, el Gobierno ha manifestado su compromiso de focalizar los esfuerzos en La Guajira en esta ocasión.

El presidente Gustavo Petro estaría considerando la posibilidad de decretar la figura contemplada en la Constitución: la declaratoria de emergencia económica y social, esto para hacer frente de manera ágil a la potencial crisis que se avecina en La Guajira con la llegada del fenómeno de El Niño. Según fuentes oficiales, se espera que el anuncio oficial se realice el próximo lunes en La Guajira, desde donde el mandatario dirigirá las acciones gubernamentales durante toda la semana.

Ante la preocupación por los posibles efectos adversos que este fenómeno climático podría tener en la región, el mandatario estaría evaluando la implementación de medidas extraordinarias para garantizar una respuesta eficiente y oportuna. Esto permitiría al Gobierno tomar decisiones de manera expedita con el objetivo de enfrentar los desafíos y minimizar los impactos negativos que podrían surgir.

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La intención sería brindar una atención prioritaria a La Guajira, considerando los posibles escenarios de sequía, escasez de agua y otros problemas asociados que podrían surgir como consecuencia del fenómeno de El Niño.

La decisión final sobre la declaratoria de esta figura constitucional se espera que sea anunciada próximamente por el presidente Petro, quien buscará así tomar medidas proactivas y eficaces para afrontar cualquier crisis inminente en La Guajira.

El objetivo principal de esta declaratoria es abordar la crisis que afecta a este departamento, centrándose especialmente en tres áreas críticas:

  1. Sequía y consecuencias climáticas.
  2. Mala calidad del agua y escasez.
  3. Salud, con un enfoque particular en la desnutrición.
Foto: Presidencia

¿Cuáles son los alcances y facultades del gobierno en este contexto?

 

De acuerdo con el Artículo 215 de la Constitución de Colombia, cuando ocurran hechos que perturben o amenacen de forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan una grave calamidad pública, el gobierno tiene la facultad de tomar medidas a través de la declaratoria de emergencia económica, social o ecológica. Esta medida otorga al gobierno una serie de atribuciones especiales para hacer frente a la situación y adoptar las acciones necesarias para mitigar los efectos y restablecer la normalidad.

Entre las facultades que el gobierno puede ejercer mediante la declaratoria de emergencia se encuentran:

  1. Adoptar medidas extraordinarias: El gobierno puede tomar decisiones y adoptar medidas excepcionales que sean necesarias para hacer frente a la situación de emergencia, incluso si implican restricciones o limitaciones temporales de derechos o libertades.
  1. Reasignación de recursos: El gobierno tiene la capacidad de reasignar recursos públicos para atender las necesidades urgentes generadas por la situación de emergencia, asegurando su uso eficiente y eficaz.
  1. Coordinación de acciones: El gobierno puede coordinar la participación de entidades públicas, privadas y de la sociedad civil en la implementación de las medidas necesarias para enfrentar la emergencia.

 

Asi mismo el presidente, con la firma de todos los ministros, tendrá la facultad de decretar el estado de emergencia por períodos de hasta treinta días en cada ocasión, siempre y cuando la suma total no exceda de noventa días durante el año calendario.

En el caso específico de Gustavo Petro, como presidente, estará autorizado para emitir decretos con fuerza de ley con el propósito exclusivo de enfrentar y resolver la crisis, evitando así que sus efectos se extiendan y se agraven. Estos decretos tendrán como objetivo principal tomar medidas contundentes para superar la situación de emergencia y minimizar su impacto negativo en el país.

De acuerdo con lo estipulado en la Constitución, el Gobierno, al emitir el decreto que declara el Estado de Emergencia, deberá especificar el plazo durante el cual hará uso de las facultades extraordinarias contempladas en este artículo, además de convocar al Congreso.

La Constitución Política establece que “El Congreso examinará hasta por un lapso de treinta días, prorrogable por acuerdo de las dos cámaras, el informe motivado que le presente el Gobierno sobre las causas que determinaron el Estado de Emergencia y las medidas adoptadas, y se pronunciará expresamente sobre la conveniencia y oportunidad de estas.”

En este contexto, la Casa de Nariño debería emitir el decreto correspondiente el viernes 23 de junio, dado que el sábado 24 expiran los dos días de sesiones extraordinarias convocadas esta semana por el ministro del Interior, Luis Fernando Velasco. Esto significa que se requiere una pronta acción para cumplir con los plazos establecidos y garantizar la revisión y pronunciamiento del Congreso sobre las medidas adoptadas durante el Estado de Emergencia.